EXIMICIÓN DEL PAGO DE LAS TASAS PARA JUBILADOS - 01-06-2012


Fotografía

EXIMICIÓN DEL PAGO DE LAS TASAS PARA JUBILADOS
A la tasa general inmobiliaria se suma la tasa por servicios sanitarios.
 
La Municipalidad de Villa Elisa recuerda a la comunidad que está en vigencia la Ordenanza que exime del pago de las Tasas a los jubilados que reúnen ciertas condiciones. A partir de las modificaciones realizadas sobre la ordenanza, se incorpora a la eximición la Tasa por Servicios Sanitarios para aquellos contribuyentes beneficiarios de los regímenes previsionales nacionales, provinciales o municipales que respondan a los siguientes requisitos:
 
  • Ser propietario, condómino o usufructuario exclusivo del inmueble del que solicita la exención.
  • Que habite la propiedad por la cual solicita la exención.
  • Que posea como única propiedad su vivienda, sin local comercial.
  • Que el ingreso del grupo  conviviente en la residencia que se pretende eximir no exceda al equivalente al 82% de la categoría diez* del escalafón municipal en concepto de haberes, excluyendo las asignaciones familiares.
  • Que el inmueble no adeude Tasas Municipales al acogimiento.
 
Los interesados en gozar de este beneficio deberán pasar por la oficina de Desarrollo Social de la Municipalidad de Villa Elisa muñidos de fotocopia del DNI del titular y el grupo familiar, del último recibo de pensión o jubilación, y recibo del último pago de tasas municipales.  
 
*La categoría diez (10) del escalafón municipal corresponde a la suma de pesos dos mil seiscientos treinta y ocho con ochenta y cuatro centavos ($ 2.638, 84). Por tanto el 82% equivale a la suma de pesos dos mil ciento sesenta y tres con ochenta y cuatro centavos ($2.163, 84).

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